Cada vez son más los casos de personas que deciden llevar a cabo por cuenta propia una buena idea de negocio que termina siendo un acierto. La última encuesta “El emprendedor y la quiebra”, realizada por la Asociación de Emprendedores de Chile (Asech), que toma como muestra a un total de 482 innovadores, revela que cerca de un 27,8% obtiene el éxito en el primer intento. Sin embargo, un significativo 13,9% experimenta más de cuatro fracasos antes de lograr resultados favorables.
Según cifras del Ministerio de Economía, la mitad de quienes comienzan una iniciativa comercial por primera vez son re emprendedores: el 52% de ellos ha efectuado un negocio con anterioridad, atravesando por un proceso de quiebra de los cuales el 26% tuvo que cerrar alguno de esos negocios por problemas económicos.
Pese a que este ejercicio de prueba y error pareciera ser algo inherente al desafío de apostar por un proyecto nuevo, un eventual fracaso puede convertirse en un proceso largo, doloroso y costoso. Justamente para cambiar de manera sustancial la forma en que hasta ahora se han resuelto los procesos de quiebra en Chile, es que a fines de octubre de este año el Congreso aprobó la Ley de Reorganización y Liquidación de Activos de Empresas y Personas.
No me diga “quebrado”
El abogado ejecutivo de la entidad consultora y de asesoría LánzateSolo.cl, Santiago Henríquez, explica que esta nueva ley trae consigo cambios significativos. En primer lugar el nombre, ya que no se hablará más de quiebra, sino de liquidación. Además, se reemplazará la figura de fallido (persona o empresa que quebraba) por deudor.
Lo que hoy se llama convenio (alternativa diferente a la quiebra) pasa a conocerse como reorganización y, según explica el abogado y síndico de quiebra Tomás Lacámara, será un veedor quien intervenga y determine la viabilidad de una reorganización versus una liquidación y de qué forma se le pagará a los acreedores.
Quién interviene
Sobre este último punto, añade Lacámara, la nueva ley permite discriminar en el pago por clase. “Actualmente a un acreedor hipotecario le tienes que ofrecer lo mismo que a uno valista (aquellos que no tienen garantizados sus créditos con hipotecas o prendas)”, recalca. Con los cambios en la legislación se pueden ofrecer montos distintos al primero y al segundo lo que, a su juicio, significa un gran avance porque “los intereses que pueden tener unos y otros varían” y agrega que “todo va enmarcado en la idea de hacerlo rápido, ya que el objetivo es lograr el convenio en un plazo de un mes”, puntualiza.
En caso de que la empresa decida acogerse a un proceso de liquidación, la actual figura del síndico será reemplazada por la del liquidador. Asimismo, esta nueva ley determina causales objetivas, tales como que el deudor califique como microempresa o que el activo a liquidar de la empresa no exceda las 5.000 UF.
Reducción de plazos
Otra modificación importante, recalca Henríquez, es que esta nueva normativa reduce de forma mandatoria todos los plazos de un proceso de liquidación. Según cifras de la Superintendencia de Quiebras, el tiempo promedio que demora una empresa en resolver la quiebra en Chile es de 4,5 años, mientras que la duración promedio de los países pertenecientes a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) es de aproximadamente un año y medio.
Con el nuevo sistema, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, que dependerá del ministerio de Economía y que reemplazará a la actual Superintendencia de Quiebras, será la encargada de acoger tanto a personas como a empresas, para iniciar procesos de reorganización y liquidación. El primero, está centrado en crear las condiciones e incentivos para alcanzar acuerdos viables en un plazo máximo de 116 días hábiles. El segundo se enfoca en la rapidez del procedimiento, el cual no podrá superar los 327 días hábiles.
Cambio más significativo
Para Henríquez, el cambio más significativo que presenta la nueva ley es que añade la quiebra de personas naturales, quienes pueden acogerse a la liquidación o bien, la renegociación. Con esta última figura, la gente que mantiene deudas considerables con bancos o compañías de retail podrá declararse en quiebra y solicitar a la entidad estatal Chile Atiende que interceda por ella ante los acreedores de manera de repactar estos compromisos financieros. El objetivo es buscar soluciones que eviten su cesación de pago y, por lo tanto, que la persona caiga en Dicom.
El plan “B”
Muchos emprendedores se “enamoran”, por decirlo de alguna manera, de sus empresas y darlas de baja significaría una experiencia dolorosa. Ante una situación de insolvencia, comenta Lacámara, la persona debe evaluar las diferentes alternativas de concurso que existen bajo la nueva ley y acogerse a la que más le acomode. “Lo primero que tiene que hacer el emprendedor es decidir si el negocio es viable o no y si es más conveniente una reorganización o bien, una liquidación” y advierte que “mientras antes se tome esta decisión la pérdida va a ser menor”.
A modo de recomendación, el abogado especialista en quiebra, afirma que aunque el empresario esté pasando por su mejor momento, siempre debe contemplar e incluir dentro del plan estratégico de negocio qué medida tomar ante un escenario de insolvencia y estudiar las formas de salida más flexibles y menos traumáticas.