Normativas peruanas de Seguridad Industrial que toda empresa debe cumplir

Las empresas en Perú deben cumplir con un marco normativo integral de seguridad industrial basado fundamentalmente en la Ley Nº 29783 – Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo y su reglamento el Decreto Supremo Nº 005-2012-TR. Este marco legal tiene como objetivo garantizar entornos laborales seguros, saludables y libres de riesgos, promoviendo una cultura de prevención en todos los sectores productivos.​

Obligaciones Principales del Empleador

Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)

Toda empresa, sin importar su tamaño o actividad económica, debe implementar un Sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo documentado. Este sistema tiene como finalidad identificar peligros, evaluar riesgos y establecer medidas de control que garanticen la protección de los trabajadores. El SG-SST debe contar con componentes principales que incluyen: una política de seguridad y salud aprobada por la alta dirección, identificación de peligros y evaluación de riesgos (IPERC), programas de capacitación continua, mecanismos de vigilancia y auditoría interna, así como comités o supervisores de seguridad y salud según el número de trabajadores.​

Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (IPERC)

La metodología IPERC es obligatoria y consiste en localizar, reconocer y caracterizar los peligros, evaluando los riesgos y determinando las medidas de control necesarias. Este proceso debe documentarse en una matriz IPERC y un mapa de riesgos que deben estar disponibles en lugares visibles de la empresa. La IPERC debe considerar factores como el número de personas expuestas, la existencia de procedimientos, la capacitación del personal y la exposición al riesgo.​

Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo

Las empresas con 20 o más trabajadores deben conformar un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo paritario. Las empresas con menos de 20 trabajadores están obligadas a designar un Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo. Los miembros deben ser trabajadores de 18 años mínimo, preferentemente con capacitación en SST o que laboren en puestos que les permitan tener conocimiento sobre riesgos laborales.​

Componentes del Sistema de Gestión SST

Política de Seguridad y Salud

La empresa debe establecer, aplicar y evaluar una política y programa en materia de SST con objetivos medibles y trazables aprobados por la alta dirección. Esta política debe comprometerse con la protección de seguridad y salud, la prevención de lesiones y enfermedades, el cumplimiento de requisitos legales, y la garantía de consulta y participación de los trabajadores.​

Programa Anual de Seguridad y Salud en el Trabajo

Toda empresa debe contar con un Programa Anual de SST aprobado por el Comité o Supervisor de SST. Este programa debe incluir actividades de prevención, medidas preventivas para reducir riesgo de accidentes y enfermedades ocupacionales, un plan de emergencia en el lugar de trabajo, y un sistema de monitoreo de cumplimiento.​

Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo

La documentación obligatoria del sistema incluye un Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo que establece normas internas de seguridad, procedimientos de trabajo seguro, estándares de SST de las operaciones, y medidas de preparación y respuesta para emergencias.​

Capacitación Obligatoria

Las empresas deben realizar no menos de cuatro capacitaciones al año en materia de seguridad y salud en el trabajo. Estas capacitaciones deben estar orientadas a evitar riesgos en la vida y salud de los trabajadores, haciendo partícipe a las organizaciones sindicales. La capacitación debe incluir inducción inicial, capacitación en puestos de trabajo, capacitación en el uso de equipos de protección personal y capacitación en procedimientos de emergencia.​

Vigilancia de la Salud de los Trabajadores

Exámenes Médicos Ocupacionales

Los empleadores tienen la obligación de practicar exámenes médicos antes, durante y al término de la relación laboral a los trabajadores, acordes con los riesgos a los que están expuestos en sus labores. Los exámenes incluyen evaluaciones pre-ocupacionales, periódicas y de retiro. Para empresas con más de 500 trabajadores, se debe garantizar la presencia del médico ocupacional mínimamente 6 horas diarias por 5 días a la semana; para empresas con 500 o menos trabajadores, la vigilancia puede ser sin exigencia de mínimo de horas presenciales.​

Equipos de Protección Personal (EPP)

La entrega de Equipos de Protección Personal es una obligación que debe complementarse con capacitaciones y supervisión constante. Esto incluye equipos adecuados para cada puesto según los peligros identificados, como respiradores, gafas de seguridad, protectores faciales, guantes de protección, entre otros.​

Investigación y Reporte de Accidentes

Notificación Obligatoria

Los empleadores tienen el deber de informar al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo todo accidente de trabajo mortalincidentes peligrosos que pongan en riesgo la salud e integridad física de trabajadores, y cualquier situación que altere o ponga en riesgo la vida del trabajador. El accidente mortal o incidente peligroso debe ser notificado de manera inmediata al Ministerio de Trabajo ingresando a su página web dentro de las 24 horas de ocurridos los sucesos.​​

Investigación de Incidentes y Accidentes

Toda empresa debe investigar todos los accidentes, incidentes y enfermedades ocupacionales para identificar las causas e implementar acciones correctivas. La investigación debe documentarse en un informe que incluya descripción del evento, causas raíz, y medidas preventivas implementadas.​

Registros Obligatorios

Las empresas deben mantener registros actualizados que incluyen:​

  • Registro de accidentes de trabajo, enfermedades ocupacionales, incidentes peligrosos y otros incidentes con investigación y medidas correctivas
  • Registro de exámenes médicos ocupacionales
  • Registro del monitoreo de agentes físicos, químicos, biológicos y factores de riesgo
  • Registro de inspecciones internas de seguridad y salud en el trabajo
  • Registro de estadísticas de seguridad y salud
  • Registro de equipos de seguridad o emergencia
  • Registro de inducción, capacitación, entrenamiento y simulacros
  • Registro de auditorías

Inspecciones Internas y Equipos de Emergencia

Inspecciones de Seguridad

Las empresas deben realizar inspecciones periódicas programadas del lugar de trabajo y sus instalaciones para reforzar la gestión preventiva. Aunque la ley no especifica una periodicidad explícita, se recomienda que el Comité o Supervisor de SST realice inspecciones mensuales planificadas e inspecciones inopinadas.​

Equipos de Emergencia

Las empresas deben contar con equipos de emergencia adecuados incluyendo botiquines de primeros auxilios, extintores, detectores de humo, sistemas contra incendios, señales de seguridad, camillas de rescate y otros equipos según los riesgos identificados. Además, deben conformarse brigadistas de emergencia capacitados en evacuación, primeros auxilios y manejo de emergencias.​

Sanciones y Penalidades

Multas Administrativas

Las infracciones en materia de seguridad y salud en el trabajo se clasifican como leves, graves o muy graves, con sanciones de hasta:​

  • 200 UIT (Unidades Impositivas Tributarias) para infracciones muy graves
  • 100 UIT para infracciones graves
  • 50 UIT para infracciones leves

La multa máxima total por infracciones concurrentes no podrá superar las 300 UIT.​

Penas Penales

Además de multas administrativas, la ley establece penas privativas de libertad para casos graves:​

  • 2 a 5 años por infringir normas de seguridad sin adoptar medidas preventivas necesarias
  • 5 a 10 años si ocurre un accidente mortal o con lesiones graves
  • 1 a 4 años por deliberadamente poner en peligro inminente la vida o integridad física de trabajadores
  • 4 a 8 años en caso de muerte y 3 a 6 años en caso de lesión grave resultante de inobservancia deliberada​

Autoridades de Fiscalización

SUNAFIL (Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral)

La SUNAFIL es la autoridad responsable de fiscalizar el cumplimiento de las normas de seguridad y salud en el trabajo. Realiza inspecciones en empresas, solicita documentación del sistema de gestión, investiga denuncias de trabajadores y puede ordenar paralización de actividades cuando se identifique riesgo grave e inminente.​

Ministerio de Salud

El Ministerio de Salud es responsable de expedir documentos técnicos y normas sobre vigilancia de la salud de los trabajadores, lineamientos para evaluación médica ocupacional, y lineamientos específicos según riesgos ocupacionales.​

Responsabilidades de Trabajadores

Los trabajadores también tienen obligaciones específicas como cumplir las normas y procedimientos de SST establecidos por la empresa, participar en capacitaciones y actividades de prevención, informar inmediatamente sobre situaciones de riesgo, someterse a exámenes médicos obligatorios, y cooperar en la investigación de accidentes.​

Consideraciones Especiales

Las empresas que realizan actividades de alto riesgo (según la lista del Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo) deben cumplir con estándares mínimos adicionales específicos de sus sectores. Igualmente, aquellas empresas que contratan a trabajadores a través de terceros, contratistas o subcontratistas son responsables del cumplimiento de normas de SST en sus instalaciones.​

El cumplimiento integral de estas normativas no es solo una exigencia legal, sino que representa un acto de responsabilidad social empresarial que protege la vida de los trabajadores, fortalece la confianza, mejora la productividad y proyecta una imagen corporativa comprometida con la seguridad y salud ocupacional.​

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