Lo principal a tener en consideración son las razones por la cual se puede generar una devolución de impuestos proveniente del SUNAT (Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria); estas son: Pago indebido o Pago en exceso.
El Pago en indebido es cuando realizas un pago que no te corresponde o simplemente cometes un error al identificar el tipo de impuesto que estás cancelando, utilizando el código incorrecto.
Mientras que el Pago en exceso se debe a un monto superior al correspondiente en la cancelación de un determinado impuesto por parte del contribuyente, generando así un saldo positivo que será la cantidad de dinero del cual será posible su devolución.
Ahora bien, existe una forma muy sencilla de saber si tú, como contribuyente, cumples con los requisitos y te corresponde la devolución de impuestos por cualquiera de las razones anteriormente mencionadas.
Esto es posible a través de la página web y su aplicación dedicada a esta interrogante específica. Simplemente debes ingresar en tu buscador habitual “Consulta de devolución de oficio – Renta de trabajo” y esto te llevará a la aplicación web, donde deberás ingresar datos tan simples como tu DNI y tu fecha de nacimiento, e inmediatamente esto te informará si posees alguna devolución pendiente.
Una vez que te consideres merecedor de un rembolso en tu pago de impuestos, deberás realizar la solicitud pertinente al SUNAT para que este sea procesado.
¿Cómo solicitar una devolución de impuestos?
Según el sitio web oficial del SUNAT, existen dos formas de solicitar la devolución de impuestos.
A través de SUNAT Operaciones en Línea
Esta opción será presentando el Formulario de formato virtual N° 1649, donde todo este proceso será vía internet.
Para solicitar dicho formulario debes estar inscrito en el RUC (Registro Único de Contribuyentes) y poseer tu respectiva clave SOL. Luego de haber presentado la declaración, debes ingresar al enlace que aparece en la Constancia de Presentación y Pago, marcando la Solicitud de Devolución.
Como contribuyente, tienes la opción de escoger la alternativa por la cual se te devolverá el dinero, bien sea por depósito en cuenta, Orden de Pago Financiera o cheque.
Luego de haber presentado la solicitud correctamente, el sistema emitirá una constancia de presentación de solicitud, la cual podrás archivar digitalmente o imprimirla si así lo deseas. Así como también, una vez procesada y aprobada la devolución, se generará una resolución que se te entregará vía buzón electrónico.
Presentándote físicamente
Esta opción será presentándote físicamente en las dependencias y Centros de Servicios al Contribuyente de SUNAT con el Formulario N° 4949 en original y copia.
Para este procedimiento también es necesario estar inscrito en el RUC y el formulario lo debe llenar el contribuyente o representante legal acreditado en dicho registro.
Es importante que recuerdes que deberás adjuntar a la solicitud documentos que sostengan el pago indebido o exceso que se ha hecho, según sea el caso.
Cabe destacar que cada uno de esto procedimientos es completamente gratuito.
Por último, si bien es cierto que la SUNAT puede realizar devoluciones automáticas gracias a su monitoreo periódico de contribuyentes, debes tener presente que esto no es la mayoría de los casos y suele ser necesario que realices la solicitud para que en este proceso compruebes la razón por la cual mereces la devolución.